La cifra que ha acompañado durante meses a la compra de Warner Bros. Discovery por Paramount era fácil de recordar: 30 películas al año. David Ellison la prometió a los exhibidores, la repitió ante inversores y terminó convirtiéndola en una de las principales defensas de una operación que une a dos de los grandes estudios de Hollywood. Ahora ya sabemos qué significa de verdad.
El proyecto de decreto presentado ante el Tribunal del Distrito Norte de California va bastante más lejos. Si recibe la aprobación judicial, la futura Paramount-Warner deberá garantizar durante cinco ejercicios completos un mínimo de 156 estrenos en salas estadounidenses, mantener 45 días de exclusividad cinematográfica para las películas que computen dentro de esa obligación y no llevarlas a una plataforma de suscripción antes de que hayan transcurrido 90 días desde su estreno. Hay además mínimos de distribución, presupuesto, cine independiente y producción propia.
Es precisamente la letra pequeña que faltaba. Cuando ActualTV calculó en agosto que Paramount y Warner habrían concentrado el 24,7% de los espectadores de las 100 películas más vistas en España en 2024, quedaban preguntas esenciales sin respuesta: qué era exactamente estrenar 30 películas, cuánto duraría su paso exclusivo por las salas o cuántas recibirían una distribución realmente grande. El nuevo acuerdo empieza a despejarlas, aunque sus garantías judiciales estén diseñadas para Estados Unidos.
No son 30 películas: son al menos 156 en cinco años
El compromiso funciona por fases. Durante los dos primeros ejercicios completos posteriores al cierre, el nuevo grupo tendrá que estrenar al menos 30 largometrajes al año. En los tres siguientes, el mínimo aumenta a 32. El propio documento pone como ejemplo que, si la operación se cierra durante 2026, los ejercicios sometidos a cuota serían 2027, 2028, 2029, 2030 y 2031.
La suma deja una cifra más expresiva que el habitual “30 películas anuales”.
| Obligación mínima | Años 1-2 | Años 3-5 | Total mínimo en cinco años |
|---|---|---|---|
| Estrenos cinematográficos | 30/año | 32/año | 156 |
| Estrenos amplios | 20/año | 21/año | 103 |
| Películas independientes | 4/año | 4/año | 20 |
| Producidas/coproducidas por el grupo | 15/año mínimo | 16/año mínimo | 78 |
| Grandes producciones* | 6/año mínimo | 7/año mínimo | 33 |
*Cálculo de ActualTV aplicando el mínimo contractual del 20% a una compañía que estrenase exactamente 30, 30, 32, 32 y 32 películas. El decreto define este grupo mediante un presupuesto conjunto de producción y adquisición de al menos 50 millones de dólares de septiembre de 2026, actualizado por inflación, y exige además presencia en un mínimo de 3.000 pantallas estadounidenses durante sus primeras cuatro semanas.
El salto no es pequeño. Paramount comunicó que había estrenado ocho películas en 2025, mientras Warner Bros. informó de 11. Son 19 entre las dos frente al mínimo futuro de 30, aproximadamente un 58% menos que el suelo que tendría que alcanzar la empresa combinada si se comparan ambas magnitudes directamente. Conviene introducir una cautela: las categorías corporativas de 2025 y la definición jurídica del nuevo decreto no tienen por qué ser idénticas título por título.
La obligación tampoco puede cumplirse llenando unas cuantas salas durante un fin de semana. El decreto considera estreno amplio aquel que alcanza al menos 2.000 pantallas en Estados Unidos. Y una película lanzada inicialmente en menos de 600 salas no computa para la cuota salvo que amplíe su distribución a un mínimo de 1.000 pantallas en treinta días. Reestrenos, ediciones conmemorativas y versiones recicladas de títulos antiguos quedan fuera.
La cláusula más importante para las salas está en los días 45 y 90
La parte más concreta para el espectador no está en el número de películas, sino en cuándo podrán abandonar el cine.
Cada largometraje que Paramount-Warner utilice para alcanzar su cuota deberá conservar una ventana cinematográfica exclusiva mínima de 45 días en Estados Unidos. Durante los primeros 30 días la compañía ni siquiera podrá promocionarlo como disponible próximamente en vídeo bajo demanda de pago, streaming de suscripción u otra plataforma digital. Y el salto a SVOD, categoría en la que el documento cita expresamente Paramount+ y sus posibles sucesores, no podrá producirse antes del día 90.
Hay aquí un matiz importante. El decreto judicial formula esas ventanas para las películas que computen dentro del compromiso anual. No dice que cualquier largometraje adicional estrenado por el grupo deba someterse necesariamente al mismo tratamiento.
Paramount ha realizado, sin embargo, una promesa empresarial más amplia. Cuando anunció la adquisición en febrero, aseguró ante sus inversores que todas sus películas tendrían un estreno cinematográfico completo y un mínimo de 45 días a escala global antes del PVOD, con voluntad de prolongar esa ventana a entre 60 y 90 días o más cuando el rendimiento lo justificase. En mayo volvió a incluir la ventana de 45 días dentro de sus compromisos con los exhibidores.
La diferencia importa. Una cosa es una obligación recogida en un decreto judicial estadounidense y otra, una política corporativa anunciada internacionalmente.

Qué significa exactamente “cine independiente” en el acuerdo
Otra de las cifras que puede conducir a equívoco es la exigencia de cuatro películas independientes al año.
En el lenguaje cotidiano, podría interpretarse que Paramount-Warner estará obligada a distribuir veinte pequeñas producciones ajenas durante los cinco ejercicios. El documento utiliza una definición bastante más generosa: considera “película independiente” tanto aquella basada en un guion original como una película originada en productores externos a Paramount-Warner, Disney, Universal o Sony.
Por tanto, una producción propia del gigantesco grupo basada en un guion original podría entrar en esa categoría. “Independiente”, aquí, no significa necesariamente película de bajo presupuesto ni producción realizada al margen de un gran estudio.
Sí existe otra medida específicamente destinada al sector independiente. La empresa deberá crear, en los 30 días posteriores al cierre, un fondo de adquisición de películas independientes dotado con cinco millones de dólares anuales, 25 millones durante el periodo completo.
El tamaño de esa partida queda lejos de las cifras reservadas para producción general, pero completa una arquitectura en la que los estados han intentado evitar que el nuevo estudio satisfaga sus obligaciones exclusivamente con unas pocas franquicias gigantes.
La multa no permite simplemente comprar el derecho a estrenar menos
Otro detalle cambia bastante la lectura del acuerdo. La sanción de 30 millones de dólares por película que falte no funciona como una simple tarifa que permita al estudio reducir cómodamente la producción.
Si Paramount-Warner termina un ejercicio por debajo del mínimo, contará con seis meses adicionales para corregir el déficit. Sin embargo, los 30 millones por cada título incumplido se deberán pagar aunque durante ese plazo consiga recuperar posteriormente la película que faltaba. El dinero se repartirá entre fondos sanitarios y de jubilación de sindicatos, el Motion Picture & Television Fund y un fondo de la asociación estadounidense de fiscales generales destinado a defensa de la competencia.
La segunda consecuencia es todavía mayor. Si transcurren esos seis meses y la compañía continúa por debajo del mínimo, deberá desprenderse de toda su participación en Miramax, con un comprador sujeto a aprobación del comité de estados.
El pacto también intenta evitar un cumplimiento puramente estadístico. Las películas utilizadas para alcanzar las cifras deberán recibir una inversión de marketing coherente con la práctica habitual para producciones comparables. Y durante los tres primeros ejercicios, el estudio deberá mantener con los exhibidores determinadas condiciones de alquiler cinematográfico tomando como referencia las prácticas existentes de Paramount y Warner antes del cierre.
Incluso los fondos de catálogo aparecen protegidos: durante los cinco años, los cines estadounidenses deberán seguir pudiendo licenciar las filmotecas de ambos estudios en condiciones similares a las ofrecidas durante 2025, con excepciones temporales para preparar determinados reestrenos.
Para España, la diferencia entre una promesa global y una protección judicial
Aquí está la parte que conviene no importar automáticamente desde Hollywood. El decreto define expresamente sus películas, exhibidores, pantallas y ventanas en relación con Estados Unidos. Las cuotas de 30 y 32 estrenos, la obligación de alcanzar 2.000 pantallas, los 90 días antes de SVOD o las condiciones de alquiler a los cines no crean por sí mismas una protección equivalente para los exhibidores españoles.
España sí está dentro de la promesa corporativa de Paramount de mantener al menos 45 días en salas antes del vídeo bajo demanda de pago a escala mundial, salvo las adaptaciones necesarias a los regímenes específicos de cada mercado. Esa promesa figura en documentación pública presentada con motivo de la adquisición, pero no debe confundirse con la obligación estadounidense respaldada por el acuerdo judicial.
La diferencia resulta especialmente pertinente aquí porque Paramount y Warner habrían sumado casi una de cada cuatro entradas entre las cien películas más vistas en España en 2024. La Comisión Europea ha impuesto además sus propias condiciones sobre distribución cinematográfica europea, centradas en la participación de Paramount en United International Pictures. Son piezas distintas de una misma operación y no ofrecen exactamente las mismas garantías en todos los mercados.
El resultado es peculiar. Una fusión que elimina a uno de los grandes estudios independientes de Hollywood obliga al grupo resultante, al menos durante cinco años, a comportarse en algunos aspectos como si necesitara demostrar continuamente que la concentración no reducirá el cine que llega a las salas.
Eso no resuelve la discusión sobre competencia. Los doce estados sostenían en julio que el grupo tendría aproximadamente el 27% del mercado estadounidense de películas de estreno amplio, mientras Paramount ha defendido que su mayor escala permitirá competir mejor contra Disney, Netflix, Amazon y otros gigantes. El pacto evita que esa disputa llegue, por ahora, a una sentencia sobre el fondo: las compañías no admiten haber infringido la ley y el fiscal general de California ha recalcado que alcanzar un acuerdo no equivale a respaldar la fusión.
A fecha de 24 de septiembre de 2026, además, todavía existe una última precisión: el decreto ha sido presentado al tribunal, pero está pendiente de aprobación judicial. Hasta entonces son condiciones pactadas, no una orden definitiva.
Las claves
- Paramount-Warner tendría que estrenar al menos 156 películas en cinco ejercicios completos, según el cálculo de ActualTV a partir del decreto.
- 103 tendrían que recibir distribución amplia y las películas que computen para la cuota deberán mantener 45 días de exclusividad cinematográfica y 90 antes del SVOD.
- El acuerdo va más allá del número de títulos: regula grandes producciones, marketing, cine independiente, condiciones con exhibidores y acceso a los catálogos.
- Las obligaciones judiciales son estadounidenses. Para España existe la promesa empresarial de una ventana global de 45 días antes del PVOD, pero no las mismas garantías del decreto.




